CALENDARIO LABORAL MAKRO 2016 ¿Qué debemos saber? ¿Qué debemos comprobar?

CALENDARIO LABORAL MAKRO
2016
¿Qué debemos saber?
¿Qué debemos comprobar?

Para descargarte el díptico pulsa en el siguiente :Consejos Calendarios Laborales Makro 2016

Cuestiones a tener en cuenta a la hora de revisar tu calendario laboral:

* El calendario laboral debe ser entregado antes del 1 de marzo de 2016.

* Tendrá vigencia del 1 de Marzo hasta el 28 de Febrero del año siguiente.

* La jornada máxima anual para el 2016 es de 1798 horas con un  máximo de 246 días. Aunque el calendario vaya de 1 de marzo de 2016 al 28 de febrero de 2017, la jornada se contará del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, por eso en el calendario también deben venir los dos primeros meses de este año.

* Todos los trabajadores que tengan el derecho a los dos días libres anuales y al día de Navidad, tendrán un máximo de 243 días al año y 1798 horas, menos las horas de esos tres días. (SIMA 19/09/2012)

* Para el resto de trabajadores que no tengan el dere-cho a los días libres del año, pero si a librar uno de los dos días de Navidad (Noche Buena o Noche Vieja), su jornada máxima anual será de 246 días y 1798 horas menos las horas de ese día. (SIMA 19 septiem-bre 2012)

* La dirección no podrá cambiar ni variar nuestro turno de trabao, a no ser que llegue a un acuerdo individual con nosotros.

* Deben quedar reflejados los 31 días de vacaciones.

* En el modelo de calendario constará, además del número, el nombre del almacén en que presta los servicios el trabajador.

En el calendario deberán aparecer:

*  Los calendarios laborales deben estar sellados por la empresa.

* Además del domingo, o festivo sustitutivo en caso de apertura comercial, se deben librar otros dos días cada cuatro semanas. Estos dos días deben ser en semanas distintas.

El Calendario Laboral Individual debe reflejar la jornada real que se está haciendo.

Consejos Calendarios Laborales Makro 2016
Consejos Calendarios Laborales Makro 2016

* En los centros que abren todos los domingos la jornada debe distribuirse en cinco días a la semana durante todo el año.

* Deben estar incluidos, como mínimo, 5 fines de semana de descanso durante el año, o sea, 5 sábados y domingos libres consecutivos. Además debemos disfrutar de, al menos, 2 lunes de descanso.

* El descanso diario o entre jornadas es de 12 horas y el descanso semanal de día y medio sin solaparse, por lo tanto hay que disfrutar ambos descansos de forma independiente.

* Los dos días de asuntos propios para los trabajadores que les correspondan.

* Como día de asuntos propios se podrá pedir el Sábado Santo, ya que la dirección deberá procurar que el mayor número de trabajadores disfrute del mismo, como consta en el Pacto de Empresa y en acuerdo del Comité Intercentros.

* El número de festivos a trabajar estará determinado por cada comunidad autonómica. En cualquier caso la empresa puede obligarnos a trabajar hasta el 55% del total. Por cada festivo que se trabaje nos deben dar un día festivo en compensación que deberá estar incluido en el calendario y que debe ser en la misma semana del festivo de apertura, la anterior o la posterior.

* El día 24 y 31 de Diciembre, computaran como trabajados los dos aunque solo se trabajará uno para todo el personal indefinido y el personal eventual que no esté contratado específicamente para la Campaña de Navidad.

* Las vacaciones comenzarán en día laboral, pero pueden finalizar en vísperas de festivo (Sent. Judicial 98/05 de la Audiencia Nacional).

REVISA TU CALENDARIO LABORAL Y SI NO ESTA CORRECTO…
PONTE EN CONTACTO CON LOS DELEGADOS DE CCOO

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