Contratación de familiares en Makro
- Aspectos generales
- Regulación
- Vigencia de la política
- Anexo (Cuadro Grados Consanguinidad)
Fecha de revisión 15/03/2012
1. Aspectos generales
- La presente política de contratación de familiares está dirigida a todos los empleados/as que durante la vigencia de la política trabajen en Makro Autoservicio Mayorista SA, así como a los familiares de estos que opten a una posición dentro de la Empresa a partir de la entrada en vigor de este documento. También está dirigida a personas vinculadas a través de empresas proveedoras de servicios.
- El propósito de esta política es establecer una guía para las contrataciones de familiares de empleados/as que trabajen en Makro Autoservicio Mayorista, SA.
- Ámbito Territorial: Esta norma es de aplicación a todos los Centros de Trabajo que la Compañía, Makro Autoservicio Mayorista S.A tiene distribuidos dentro del territorio nacional.
- Ámbito Temporal: La presente norma entrará en vigor a partir del día 15 de Mayo de 2012.
2. Regulación
- Como norma general, no se permitirá la contratación de manera indefinida de familiares hasta segundo grado, cuando el familiar vaya a ocupar una vacante en el mismo centro de trabajo donde trabaje el empleado/a de Makro.
- Se permitirá la contratación de familiares, independientemente del grado de parentesco y del tipo de contrato que se realice, cuando el familiar vaya a trabajar en un centro de trabajo diferente a aquel donde trabaje el empleado/a de Makro, incluso en el supuesto de que existan diferentes centros de trabajo en una misma localidad o localidades limítrofes.
- También se permitirá la contratación de familiares, sin límites de grados, cuando se trate de contratos de duración determinada, aún cuando se realice en el mismo centro de trabajo. Con el fin de garantizar la rotación, en caso de que existan varias solicitudes, solo de permitirá la contratación de un solo familiar por empleado/a. Dichos contratos temporales tendrán una duración máxima de 4 meses en un periodo de 12, con la única salvedad de los contratos de interinidad y de los contratos de relevo. Si la fecha final del contrato de interinidad o de relevo no está determinada (Ej.: sustitución de un trabajador en situación de incapacidad temporal) éste no se podrá realizar. Una vez cumplido el
plazo máximo de duración de los mismos según lo indicado, dicho contrato se extinguirá por el transcurso del plazo convenido.
No se permitirá la contratación por parte de Makro Autoservicio Mayorista SA, de familiares hasta segundo grado, de personas que trabajen en empresas proveedoras de bienes y/o servicios para Makro (Ej. Empresas de Trabajo Temporal, merchandising, etc.) - Para poder ser realizadas las contrataciones previstas en esta política, será requisito indispensable rellenar por parte del familiar que desee trabajar en Makro Autoservicio Mayorista S.A., el modelo de solicitud de empleo establecido en la Empresa, debiéndose rellenar el apartado correspondiente a “familiares que están trabajando en Makro España” y entregando dicha solicitud en el centro en que se desee trabajar.
- Trimestralmente cada centro deberá comunicar al Departamento de RR.HH. las contrataciones
realizadas de acuerdo con esta política, rellenando el cuestionario que será enviado oportunamente a
los centros. Asimismo a la entrega de la copia básica del contrato, se indicará al Comité de Empresa
de cada centro la sujeción del mismo a la política de familiares de la Compañía.
3. Vigencia de la política
- La política descrita en este documento será de aplicación desde la fecha de revisión que aparece en el encabezado. Se respetarán las situaciones acontecidas anteriores a esta fecha, salvo que esta nueva política sea más beneficiosa que la anteriormente vigente.
- Makro Autoservicio Mayorista SA se reserva el derecho de modificación, anulación o sustitución de la presente política, previa información a la Representación de los Trabajadores.
4. Anexo
