A tener en cuenta en los Calendarios Laborales de Makro 2013-2014
CALENDARIO LABORAL MAKRO
Qué debes saber
Qué debes comprobar
Cuestiones a tener en cuenta a la hora de revisar tu calendario laboral:
El calendario laboral debe ser entregado antes del 1 de Junio de 2013. Tendrá vigencia del 1 de Marzo hasta el 28 de Febrero del año siguiente. La jornada máxima anual para el 2013 es de 1798 horas con un máximo de 246 días. Aunque el calendario vaya de 1 de marzo de 2013 al 28 de febrero de 2014, la jornada se contará del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, por eso en el calendario también deben venir los dos primeros meses de este año. Todos los trabajadores que tengan el derecho a los dos días libres anuales y al día de Navidad, tendrán un máximo de 243 días al año y 1798 horas, menos las horas de esos tres días. (SIMA 19 septiembre 2012) Para el resto de trabajadores que no tengan el derecho a los días libres del año, pero si a librar uno de los dos días de Navidad (Noche Buena o Noche Vieja), su jornada máxima anual será de 245 días y 1798 horas menos las horas de ese día. (SIMA 19 septiembre 2012) La dirección no podrá cambiar ni variar nuestro turno de trabajo, a no ser que llegue a un acuerdo individual con cada uno de nosotros. Deben quedar reflejados los 31 días de vacaciones.
En el calendario deberán aparecer:
En el modelo de calendario constará, además del número, el nombre del almacén en que presta los servicios el trabajador. Los calendarios laborales deben star sellados por la empresa.
Puedes descargarte este díptico de las cuestiones a tener en cuenta en tu Calendario Laboral más abajo
Cuestiones a tener en cuenta a la hora de revisar tu calendario laboral:
En el calendario deberán aparecer: Además del domingo, o festivo sustitutivo en caso de apertura comercial, se deben librar otros dos días cada cuatro semanas. Estos dos días deben ser en semanas distintas. Deberán estar incluidos, como mínimo, cinco fines de semana de descanso durante todo el año, o sea, cinco sábados y domingos libres consecutivos. Además debemos disfrutar de, al menos, dos lunes de descanso.
El descanso diario o entre jornadas es de 12 horas y el descanso semanal de día y medio sin solaparse, por lo tanto hay que disfrutar ambos descansos de forma independiente. Los dos días de asuntos propios para los trabajadores que les correspondan. Como día de asuntos propios se podrá pedir el Sábado Santo, ya que la dirección deberá de procurar que el mayor número de trabajadores disfrute del mismo, como consta en el pacto de empresa y en acuerdo del comité Intercentros.
El número de festivos a trabajar estará determinado por cada comunidad autonómica. En cualquier caso la empresa puede obligarnos a trabajar hasta el 55% del total con un mínimo de 9. Por cada festivo que se trabaje nos deben dar un día festivo en compensación que deberá estar incluido en el calendario y que debe ser en la misma semana del festivo de apertura, la anterior o la posterior.
El día 24 ó 31 de Diciembre, computaran como trabajados los dos pero solo se trabajara uno, para todo el personal indefinido y el personal eventual que no esté contratado específicamente para la campaña de navidad. Las vacaciones anuales que deben de comenzar en día laboral, pero pueden finalizar en vísperas de día festivo (Sentencia Judicial 98/05 de la Audiencia Nacional).
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