Fondo Social Makro
BENEFICIOS SOCIALES.-
- Fondo social.-
Constituido el fondo social, su gestión exclusiva corresponderá a los Comités de Empresa de cada Centro de Trabajo, sin perjuicio de las facultades que a la Dirección reconoce el reglamento del fondo.
La Dirección aportará al fondo antes del 31 de marzo el importe equivalente al montante de las salidas no reintegrables concedidas el año anterior.
Los Comités de Empresa recibirán información inmediata de todos los movimientos de fondos que se realicen en estas cuentas. Al menos una vez cada trimestre recibirán detalles de la situación de sus fondos respectivos.