Maternidad
Cómo solicitar la baja por Maternidad
Tienes derecho a cobrar una prestación durante las 16 semanas de baja por maternidad si has cotizado como mínimo 180 días en los últimos 7 años. El plazo se amplía dos semanas más por cada hijo en caso de parto múltiple o hijo discapacitado.
Si el bebé es prematuro la baja por maternidad se prolonga durante la hospitalización del niño, hasta un máximo de 13 semanas más. Durante este periodo cobrarás gran parte o incluso la totalidad de tu sueldo, dependiendo del convenio de tu empresa.
Los documentos que necesitas para solicitar la baja por maternidad
Para solicitar la prestación por maternidad, una vez que des a luz deberás ir al médico de la seguridad social para que te dé la baja por maternidad (si tu médico es privado deberá hacerte un informe para presentarlo al médico de la Seguridad Social, porque es éste quien debe firmar las bajas).
Después, con este papel y los que te haya dado tu empresa sellados, en caso de que trabajes por cuenta ajena, deberás acudir a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio y presentar también el certificado de nacimiento del bebé que te hayan dado en la clínica, el DNI, el NIF, la tarjeta de la Seguridad Social, el Libro de Familia actualizado con los datos del bebé, las últimas nóminas, una copia de la última Declaración de Hacienda, una copia del número de cuenta donde deseas que te realicen el ingreso de la nómina y el impreso de solicitud.
No hace falta que vayas tú a solicitar la baja por maternidad
Lo ideal para evitar prisas y agobios es que un día te acerques a la oficina a recoger los formularios de baja por maternidad y a informarte bien de todos los documentos que tienes que llevar (unos tendrán que ser originales y otros, fotocopias compulsadas), así como de los plazos de presentación (¡que no se te pasen!), y que vuelvas al siguiente con todo preparado.
Pero si no te encuentras bien no te agobies, ni siquiera hace falta que esperes a que te den el alta en la clínica para solicitar la baja por maternidad: los trámites puede realizarlos cualquier persona que esté autorizada por ti, durante tu ingreso. De hecho, es lo que suelen hacer la mayoría de los padres recientes, mientras su pareja permanece hospitalizada.
La Baja de Paternidad
La Baja de Paternidad
Si el padre está trabajando (ya sea por cuenta propia o ajena e incluyendo los padres con contratos a tiempo parcial o con contratos de formación), tiene derecho a 2 días de baja que corresponden al día del parto y al día natural siguiente. En Makro se tiene derecho a 5 días retribuidos.
No se pueden tomar más tarde, sino los dos seguidos inmediatamente con el parto. A parte de estos 2 días, ahora también se tiene derecho a 13 más (se iban a ampliar a 4 semanas a partir de Enero de 2011, pero no está el horno para bollos y se ha aplazado…) que se pueden tomar o bien a continuación de los otros 2 o bien más tarde, siempre dentro de las 16 semanas siguientes (mientras dure la baja de maternidad de la madre). Si te interesa y acordándolo con la empresa puedes tomártelos en medias jornadas doblando así su duración a 26 días (naturales) de media jornada.
En caso de parto, adopción o acogimiento múltiple este periodo se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Los requisitos para poder optar a la baja de paternidad son el haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha de la baja, o si no, haber cotizado al menos 360 días a lo largo de la vida laboral, aunque hay algunas excepciones.
En el caso de parto, esta baja le corresponde al otro progenitor, mientras que en el caso de adopciones corresponde a uno solo de los padres.
Esos días no te los paga la empresa, sino la Seguridad Social, de modo que tienes que avisar a la empresa con tiempo para que te prepare un certificado de acuerdo entre tú y la empresa, donde además queda reflejado lo que ganas para que la Seguridad Social sepa cuánto pagarte.
El escrito que ha de entregarte tu empresa para que la seguridad social sepa cuanto ganaste el último mes se lo puedes solicitar a tus delegados de CCOO de Makro , pues es eso lo que te van a pagar (pero 13 días, claro).
Cuando vayas a las oficinas de la Seguridad Social tendrás que presentar ese formato que te da tu empresa, además de un recibo donde se vea la cuenta del banco donde deseas cobrar, fotocopia de tu DNI y fotocopia del libro de familia, aunque has de mostrar también los originales.
Si en ese formulario pones tu número de móvil, te mandarán un mensaje avisándote de que tu solicitud ha sido aprobada. Suelen pagar pronto, normalmente el siguiente día 15. También puedes elegir qué porcentaje de IRPF quieres que te apliquen ese mes.
Ampliación de la baja de paternidad a partir de 2011
A partir del 1 de Enero de 2011 el padre trabajador podría haber escogido una suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión era independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad regulados en el artículo 48.4 pero por desgracia no hay dinero para estos asuntos… de modo que queda congelado el cambio hasta nuevo aviso.
¿Para cuándo una baja paternal de 4 semanas entonces? Para el 2012? o 2013? o…..
Bueno, según la Ley de 2007 de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, España tiene de plazo hasta Marzo de 2013 para aumentar de forma gradual el tiempo de la baja paternal a 4 semanas. En principio se prevee que se ponga en marcha en enero de 2012 (según la disposición final decimotercera del proyecto de ley de Presupuestos Generales para 2011 se modifica la entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2012), pero visto lo visto… quién sabe si no apurarán hasta marzo de 2013. Lo que si parece es que antes de aumentar el tiempo de las bajas maternales, se activará este asuntillo pendiente de las bajas paternales hasta 4 semanas.
Baja de paternidad estando en el paro
Si el hijo nace mientras el padre está cobrando el paro, éste puede solicitar la baja de paternidad. En ese momento en lugar de cobrar el paro cobrará el 100% de la base reguladora. Una vez terminado el periodo de la baja de paternidad seguirá cobrando el paro. Los días de baja de paternidad no se está consumiendo periodo de paro, claro.
Para una mayor información tus delegad@s sindicales de CCOO de Makro