Moción presentada en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Desde la ejecutiva de la Sección Sindical Estatal de CCOO de Makro, se felicita y agradece a los diferentes compañeros que han participado en la elaboración del trabajo previo, con especial mención al compañero Javier González delegado sindical de CCOO de Makro La Laguna por su gran intervención en el pleno y por las reivindicaciones de nuestro sindicato en el día a día en los Centros de Trabajo de Makro.
El convenio colectivo de grandes almacenes ha sido firmado a principios de este año por los sindicatos amarillos FASGA y FETICO, y rechazado por CC. OO. y UGT. Este convenio supone una reducción sustancial de los ingresos reales de trabajadores y trabajadoras (ya no se hace referencia a subidas salariales objetivas
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sino a gratificaciones no consolidables, decididas discrecionalmente por la empresas en función de las ventas).
La acción combinada del Gobierno estatal y de la patronal ANGED (Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución) condena a trabajadores y trabajadoras de las grandes superficies a no tener conciliación de la vida laboral con la familiar y personal, y a depender exclusivamente de los horarios que le imponga la jefatura de turno para poder organizar su vida. Mientras se ha flexibilizado la normativa de horarios comerciales y la reforma laboral del PP ha ampliado las posibilidades de modificación de las condiciones de trabajo, la patronal del sector y las dos organizaciones sindicales que le obedecen han elaborado un convenio que lleva a la práctica esas modificaciones legales. Se aumenta el horario en 28 horas anuales, pasando de 1770 a 1798 horas, se obliga a trabajar festivos y domingos, se flexibiliza el horario en el cómputo semanal y se eliminan los cuadros anuales de horario (ahora cabe la posibilidad de cambiar estos cuadros avisando a los trabajadores con una semana de antelación o, incluso, un día si se aducen circunstancias imprevistas). Los pilares en los que el convenio se ha basado para introducir esta flexibilidad horaria y de jornada son la aplicación del nuevo artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y las medidas de liberalización comercial recogidas en el título V del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad que modifican la Ley 1/2004 de horarios comerciales. Y todo ello condena a las trabajadoras y trabajadores a no poder organizar su vida privada y quedar a merced de los criterios organizativos de las empresas.
Por si fuera poco, se ha eliminado del convenio colectivo todo lo referente a la adaptación de los puestos de trabajo para el personal con discapacidad, así como las medidas de discriminación positiva para víctimas de violencia de género, tales como el derecho preferente a ocupar vacantes en otras localidades si tienen que trasladarse para hacer efectiva su protección.
Además, como señalamos inicialmente, ese convenio ha sido firmado únicamente por los dos sindicatos amarillos del sector, situación que ha sido denunciada por los representantes de los trabajadores pertenecientes a sindicatos de clase, al contravenir lo establecido por la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que prohíbe expresamente esas prácticas en el Convenio 98 sobre Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva, en su artículo 2º:
1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.
2. Se consideran actos de injerencia, en el sentido del presente artículo, principalmente, las medidas que tiendan a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas organizaciones bajo el control de un empleador o de una organización de empleadores.
Estos recortes de derechos consolidados en anteriores convenios se producen en paralelo a los grandes beneficios declarados por las empresas del sector:
Empresas Beneficios Año
Carrefour
371.000.000
2011
El Corte Inglés
210.000.000
2011
Alcampo
37.735.000
2011
Makro
45.000.000
2011
Toys
14.530.000
2010
Leroy Merlin
39.000.000
2011
Fuente: Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED)
La cuota de mercado desde el inicio de la crisis en agosto de 2007 en el sector de grandes almacenes se ha incrementado en 10 puntos, pasando del 47% al 57%, lo que ha ido aparejado del cierre de cientos de pequeñas empresas en Canarias, con la consiguiente pérdida de miles de puestos de trabajo.
Además de los beneficios actuales para esas grandes empresas, esto supone que cuando mejore la situación económica estarán en una posición más ventajosa y, por lo tanto, incrementarán todavía más sus ventas y obtendrán mayores beneficios al haber desaparecido gran parte del pequeño y mediano comercio en esta coyuntura.
Todo lo anteriormente expuesto ha provocado un malestar importante en los trabajadores del sector y la convocatoria de movilizaciones que pueden devenir en un conflicto colectivo. En concreto, en Tenerife, trabajadores de diferentes grandes almacenes se han concentrado en los últimos meses reclamando sus derechos frente a sus centros de trabajo.
Por lo tanto, es justo reclamar a este sector empresarial que actúe con responsabilidad social en el municipio de Santa Cruz de Tenerife y en toda Canarias, más aún teniendo en cuenta las dramáticas cifras de desempleo y exclusión social que el Archipiélago soporta.
Por todo lo expuesto, los concejales de Alternativa Sí se puede por Tenerife, adscritos al Grupo Mixto de este Ayuntamiento, elevan a la consideración del Pleno de la Corporación Municipal la adopción de los siguientes
ACUERDOS:
-
Expresar la solidaridad del Ayuntamiento de S/C de Tenerife con la situación de los trabajadores de los grandes almacenes de Canarias y, en particular, de este municipio.
2. Instar a la patronal ANGED a renegociar el convenio del sector y a elaborar uno nuevo consensuado con todas las organizaciones sindicales, que respete los derechos adquiridos por los trabajadores y que frene la destrucción de empleo en el sector.
3. Rechazar las prácticas de sindicalismo amarillo por parte de las empresas, en coherencia con lo que prohíbe la OIT.
4. Rechazar las medidas de liberalización comercial recogidas en el título V del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad que modifican la Ley 1/2004 de horarios comerciales.
5. Instar al Gobierno de Canarias, al Parlamento de Canarias, a la FECAI, a la FECAM y a todas las corporaciones locales de Canarias a adoptar acuerdos del tenor de los recogidos en esta moción”.
Se aprueba por dieciocho votos a favor (CC-PNC-CCN, PSOE y Grupo Mixto) y ocho abstenciones (PP).